Suprema declara inadmisible recurso contra Netflix por "préstamo" de cuentas
El recurso de protección fue interpuesto por 1396 suscriptores.
Cuando Netflix anunció el inicio de un plan de prueba que comenzaría a cobrar extra por compartir cuentas, los reclamos no se hicieron esperar e incluso abogados y entidades de protección al consumidor levantaron la voz para asegurar que la compañía estaba incumpliendo el contrato con los suscriptores chilenos.
Toda la situación derivó en la presentación de un Recurso de Protección en contra de Netflix por el aumento del precio de los planes de su servicio debido al cambio de política de la plataforma con relación a las cuentas que se utilicen en más de un domicilio que significaría pagar un extra de $2.380 mensuales para continuar con el servicio en este “segundo hogar”.
Uno de los argumentos principales presentados en el recurso hace mención a que los planes que permitían el acceso a 2, 4 y hasta 8 pantallas no hacía diferenciación alguna entre estar todas en el mismo hogar o en diferentes, por lo que el cambio resulta “ilegal y arbitrario” ya que modifica las cláusulas del contrato en forma unilateral.
Además, señala que cualquier cambio de este tipo debe ser informado de manera clara a los suscriptores, algo que no se realizó de la manera debida y pasa a llevar el artículo 12 de la ley del consumidor 19.496 que indica que “el consentimiento no se entenderá formado si el consumidor no ha tenido previamente un acceso claro, comprensible e inequívoco de las condiciones generales del mismo”.
Junto con ello, se señala que con esta medida Netflix además vulnera los derechos de propiedad de los usuarios y la protección de sus datos personales, esto al recurrir al seguimiento de la IP del suscriptor para así identificar desde qué domicilio se accedió al servicio, algo que también escaparía de las condiciones pactadas originalmente.
Y si bien la acción legal señalada tuvo un primer revés en la Corte de Santiago, que en su momento señaló que se trataba de una denuncia de conflicto contractual y que los derechos reclamados deben ser debatidos y probados en el procedimiento judicial que corresponda (juicio), por lo que no sería acogida a trámite, faltaba la respuesta de la Corte Suprema que recién se conoció este lunes.
Lamentablemente, el máximo tribunal ratificó lo señalado por la Corte de Santiago tras estudiar la apelación presentada, por lo que se confirma que este Recurso de Protección que buscaba dejar sin efecto este cobro por parte de Netflix queda inadmisible, dando por terminada la situación y así la plataforma más grande del streaming podrá seguir adelante con su prueba que al momento se mantiene en Chile, Perú y Costa Rica.